Jue 29 jul 2010
Grupo Aeroportuario OMA Restricciones de equipaje en aeropuertos
Escrito por Alfredo en Aeropuertos
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El Grupo Aeroportuario OMA aplicará a partir del 1 de noviembre la nueva regulación sobre los artículos que no se podrán portar en el equipaje de mano de pasajeros en vuelos nacionales e internacionales.
Lista de productos prohibidos:
- Mercancías peligrosas.
- Restricción de líquidos.
- Geles y aerosoles para uso cosmético e higiene personal.
La nueva normativa:
- Los pasajeros que deseen llevar sustancias líquidas, geles y aerosoles en su equipaje de mano deberán envasarlas en recipientes individuales con capacidad máxima de cien mililitros o 3.4 onzas.
- Colocar dichas sustancias dentro de una bolsa de plástico transparente resellable de aproximadamente 20 por 20 centímetros de dimensión, o bien ocho por 7.5 pulgadas , no mayor a un litro de capacidad, y sólo se permitirá una bolsa plástica por pasajero.
- Todos los líquidos, geles y aerosoles en envases que excedan las dimensiones anteriores deberán ir en el equipaje documentado.
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